Impuesto a los vuelos internacionales sube 91%
Publicado Sep 16, 2019

Presidencia de la República va por cobro mayor a los viajeros al momento de salir del país

La Presidencia de la República propuso a la Cámara de Diputados aumentar 91 por ciento la cuota por la prestación de servicios migratorios en aeropuertos que cobran las aerolíneas a los pasajeros en vuelos internacionales al partir del país.

Como parte del Paquete Económico 2020, el Ejecutivo federal busca la modificación del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos (LFD) para que la cuota pase de 77.91 pesos a 149.02 pesos, un incremento de 71.10 pesos.

«El ajuste de la cuota del Derecho de Servicios Migratorios que se plantea refleja el costo que le representa a la autoridad satisfacer las necesidades de operación, considerando la migración es un fenómeno mundial de interés nacional, que se atiende con apego a los derechos humanos, se lee en la exposición de motivos.

La LFD establece que al tratarse de pasajeros que abandonen el país por vía aérea, la cuota deberá ser recaudada por las líneas aéreas, y que deberán enterar el pago mediante una declaración que se presentará ante el SAT.

El incremento a la cuota propuesta en el artículo 12 de la LFD se caracteriza por atender de manera directa al costo que le representa al Instituto Nacional de Migración la prestación del servicio, en cuanto a su cobertura, calidad y demanda, justifica la iniciativa.

De acuerdo con cifras del AICM, de enero a agosto de 2019 se registraron 5 millones 954 mil 265 pasajeros en salidas internacionales, por lo que se recaudaron 463.8 millones de pesos; con el alza propuesta para 2020, con ese mismo número de pasajeros, se obtendrán 887.3 millones de pesos.

Con el aumento se estará en posibilidad de atender de manera eficiente cada trámite, mejorar los mecanismos tecnológicos de control migratorio, agilizar las salidas de los pasajeros que abandonan nuestro país en vuelos internacionales y, en consecuencia, fortalecer la seguridad nacional.

El incremento de la cuota no entraría en vigor el 1 de enero de 2020, se prevé un período de 90 días para que las aerolíneas puedan adaptarse a.

Con la intención de que esta variación en la cuota del derecho no afecte la inercia recaudatoria con las empresas aéreas internacionales de pasajeros y con el objetivo de seguir facilitando los flujos migratorios, se propone adicionar una disposición transitoria que establezca que la modificación al artículo 12 de la Ley Federal de Derechos entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2020, a fin de que las empresas de transporte aéreo internacional de pasajeros –quienes tienen la obligación del cobro y entero de dichos derechos– estén en posibilidad de realizarlo adecuadamente, señala el Ejecutivo.

Por Paris Salazar

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