Los gobiernos estatales no pueden prohibir la comercializaci贸n y uso de productos elaborados con tereftalato de polietileno, mejor conocido como PET, ni de poliestireno expandido o unicel desechable, resolvi贸 por mayor铆a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n (SCJN).
Por unanimidad, los ministros de la Sala otorgaron los amparos a las empresas Propimex, fabricante de envases elaborados con este tipo de materiales, y a la cadena de tiendas de conveniencia Oxxo, del consorcio FEMSA, en hace uso intensivo de los mismos, en la venta de sus productos.
Con la votaci贸n mayoritaria a las sentencias elaboradas por la ministra Yasm铆n Esquivel Mossa y el ministro Javier Laynez Potisek, se sent贸 jurisprudencia y el criterio avalado ser谩 aplicable en cualquier juicio que se inicie en contra de la prohibici贸n de pl谩sticos de un solo uso.
Las resoluciones establecieron la inconstitucional de la Ley de Prevenci贸n y Gesti贸n Integral de los Residuos S贸lidos del Estado de Oaxaca, en las partes que prohib铆a vender, distribuir o emplear este tipo de envases, salvo para usos m茅dicos, educativos o de atenci贸n humanitaria.
En las sentencias se estableci贸 que la Federaci贸n es la responsable de la conducci贸n y evaluaci贸n de la pol铆tica nacional en materia de residuos, para ello, el Congreso de la Uni贸n le otorg贸 la facultad de emitir los programas nacionales de prevenci贸n y gesti贸n integral de los residuos; de prevenci贸n y gesti贸n integral de los residuos de manejo especial y, de remediaci贸n de sitios contaminados.
Adem谩s, la Federaci贸n tambi茅n est谩 facultada para expedir la regulaci贸n sobre el desempe帽o ambiental que debe prevalecer en el manejo integral de residuos s贸lidos y de manejo especial.
En sus criterios, la ministra Esquivel Mossa y el ministro Laynez Potisek indicaron que la pol铆tica ambiental es una materia concurrente, a la que se deben ajustar congresos y gobiernos estatales, tanto a las leyes federales, a las Normas Oficiales Mexicanas y al Programa Nacional para la Prevenci贸n y Gesti贸n Integral de los Residuos.