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Regulan circulación de tráileres y transporte de materiales peligrosos en Veracruz
Publicado Sep 17, 2025

Regulan circulación de tráileres y transporte de materiales peligrosos en Veracruz

Veracruz.– El tránsito de vehículos de carga pesada y aquellos que transportan sustancias peligrosas en el estado de Veracruz está regulado por horarios y rutas específicas, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito y Seguridad Vial de la Secretaría de Seguridad Pública. La medida, vigente desde antes de 2018, busca reducir riesgos, proteger la infraestructura urbana y garantizar la seguridad vial.

Regulación estatal y sanciones

El Artículo 82 del reglamento establece que el transporte de materiales peligrosos en zonas urbanas solo puede realizarse bajo las condiciones y horarios definidos por la autoridad. En caso de incumplimiento, los transportistas se exponen a sanciones de hasta 2,500 pesos, además del decomiso del vehículo y el cobro de la grúa.

Elementos de Tránsito Estatal confirmaron que los operativos para vigilar la circulación de tráileres y unidades pesadas se mantienen de manera permanente en todas las ciudades del estado.

Reglas en el municipio de Veracruz

En el puerto de Veracruz, la regulación es aún más estricta. El Artículo 150 del Reglamento de Tránsito Municipal faculta al Ayuntamiento para restringir o prohibir la circulación de vehículos de carga en sectores específicos cuando representen un riesgo a la seguridad, provoquen congestionamientos o afecten al medio ambiente.

Los tráileres con un peso superior a 3.5 toneladas solo pueden circular en los siguientes horarios:

De 9:00 a 12:00 horas
De 15:00 a 18:00 horas
De 23:00 a 6:00 horas del día siguiente

Además, el Puente Cuauhtémoc es el único autorizado para su cruce debido a sus condiciones estructurales y capacidad de carga.

Normas complementarias

El Artículo 151 obliga a los vehículos de carga a circular por el carril derecho, salvo en vías con carriles exclusivos para transporte público. También queda prohibido transportar personas en áreas destinadas a la carga.
Según el Artículo 152, las maniobras de carga y descarga deben realizarse únicamente en los horarios autorizados y en predios con rampas y espacio suficiente, para no afectar el tránsito peatonal ni vehicular.
El Artículo 154 establece que vehículos que excedan peso o dimensiones deben solicitar una autorización especial, que definirá ruta, horario y medidas de seguridad. Los agentes de Tránsito tienen la facultad de impedir su circulación si no cumplen con estas condiciones.

Estas restricciones buscan prevenir accidentes, proteger la infraestructura urbana y salvaguardar a la población, en un contexto en el que los incidentes con vehículos de carga pesada y pipas de materiales peligrosos han generado preocupación en varias ciudades del país.

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